Regularización por Arraigo
Deja atrás la incertidumbre. Analizamos tu permanencia en España, tus vínculos y tu historial para tramitar la autorización de residencia por circunstancias excepcionales que mejor se adapte a ti.
Sabemos lo importante que es este paso para ti. No improvisamos. Estudiamos minuciosamente tus pruebas de permanencia (empadronamiento, historial médico, etc.) para presentar un expediente sólido y sin fisuras ante la Oficina de Extranjería.
Tras la entrada en vigor del Nuevo Reglamento de Extranjería en mayo de 2025, todas las residencias tramitadas bajo el arraigo, permiten trabajar, esto puede ser una opción para las personas que no encuentran un empleador…
Todos los arraigos lo otorgan por 1 año, menos el familiar que la residencia se otorga por 5 años.
El arraigo no se solicita al llegar a España, deben transcurrir dos años de permanencia y luego si se puede hacer la solicitud. A Excepción del arraigo familiar.
¿Quieres que evaluemos tu caso?
Tu tranquilidad y tu futuro legal empiezan aquí
Estar en situación irregular en España genera ansiedad, frena tu desarrollo profesional y limita tus derechos. La figura legal del Arraigo es la principal puerta de entrada para conseguir tus «papeles», poder firmar un contrato de trabajo, alquilar una vivienda con garantías y cotizar para tu futuro.
Las 4 vías legales para tu regularización
- Arraigo Social: Para quienes llevan al menos 3 años en España, están integrados socialmente y cuentan con un contrato de trabajo (o recursos propios).
- Arraigo Sociolaboral: La vía legal para regularizar a quienes han tenido relaciones laborales demostrables en España durante su estancia.
- Arraigo Socioformativo: Para quienes llevan un tiempo en España y desean comprometerse a realizar una formación profesional reglada que les abra las puertas del mercado laboral.
- Arraigo de Segunda Oportunidad: Pensado específicamente para personas que en el pasado tuvieron una autorización de residencia, la perdieron, y necesitan recuperarla.
- Arraigo Familiar: Orientado a familiares directos de ciudadanos españoles (padres, hijos) para que puedan residir y trabajar legalmente.
Nuestro método
- Auditoría de Pruebas: Tienes la primera videollamada con un abogado experto. Revisamos tus padrones, envíos de dinero, citas médicas o pasaporte para asegurar que cumples los tiempos exigidos por ley.
- Estrategia y Recopilación: Elegimos la vía más segura para ti. Te damos una lista clara de lo que necesitamos y tramitamos nosotros los documentos complejos (como la cancelación de antecedentes o revisión de contratos).
- Presentación Telemática: Radicamos tu solicitud de forma online ante la Oficina de Extranjería correspondiente, evitando citas presenciales lentas y asegurando que tu expediente entra de inmediato.
- Aprobación y Huellas: Monitorizamos tu caso a diario. Una vez aprobado, te guiamos en el último paso: pedir cita en la Policía para poner tus huellas y recoger tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
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Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no he estado empadronado todo el tiempo?
El padrón es la mejor prueba, pero no la única. Como abogados, sabemos cómo acreditar tu tiempo en España usando pruebas alternativas oficiales: consultas médicas, recibos bancarios a tu nombre, envíos de dinero, o abonos de transporte público.
¿Puedo salir de España mientras está en trámite mi arraigo?
No es recomendable. Si sales del territorio Schengen sin tu tarjeta de residencia o sin una autorización de regreso (que no siempre se concede en este punto), podrías tener problemas para volver a entrar y arruinar tu expediente.
¿Qué pasa si tengo antecedentes penales o policiales?
Extranjería es muy estricta con esto y es motivo de denegación. Antes de presentar nada, nuestro equipo jurídico estudiará tu caso para intentar cancelar esos antecedentes penales o policiales de forma previa.
