Nómada Digital
Disfruta del estilo de vida español mientras teletrabajas para el resto del mundo. Tramitamos tu residencia por la vía rápida (UGE) y te asesoramos para optimizar tu carga fiscal.
Diseñamos una estrategia integral para ti. No solo gestionamos la obtención de tu visado en tiempo récord, sino que analizamos tu situación para que te beneficies del Régimen Fiscal Especial (conocido como Ley Beckham), pagando menos impuestos de forma 100% legal.
¿Quieres que evaluemos tu caso?
Trabaja en remoto legalmente, sin dolores de cabeza burocráticos
España se ha convertido en el destino número uno para teletrabajadores internacionales gracias a su clima, infraestructura y la nueva Ley de Startups. Sin embargo, demostrar que tu empresa extranjera te permite teletrabajar, traducir contratos y cuadrar los requisitos económicos exige precisión legal.
¿Cumples el perfil para ser Nómada Digital en España?
- Relación Laboral o Profesional: Debes demostrar que trabajas en remoto para una empresa fuera de España (como empleado) o que eres freelance y al menos el 80% de tus ingresos provienen de clientes extranjeros.
- Requisitos Económicos: Debes acreditar medios económicos suficientes para mantenerte a ti (y a tu familia, si te acompaña). Actualmente se exige un mínimo del 200% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) español, demostrable mediante nóminas o certificados bancarios.
- Experiencia o Titulación: Se requiere demostrar al menos 3 años de experiencia profesional en tu sector, o bien ser graduado/postgraduado de una universidad o escuela de negocios de prestigio reconocido.
- Seguro Médico Privado: Es imprescindible contar con una póliza de seguro de enfermedad con una aseguradora autorizada en España, que ofrezca cobertura total y sin copagos.
Nuestro método
- Auditoría y Planificación Fiscal: Analizamos tu contrato, tus ingresos y la viabilidad del visado. Evaluamos si te conviene tributar bajo el Régimen Especial de Trabajadores Desplazados (Ley Beckham).
- Preparación Documental Compleja: Te guiamos en la obtención de certificados de cobertura de Seguridad Social de tu país, apostillas de La Haya y traducciones juradas oficiales.
- Presentación Fast-Track (UGE): Como abogados colegiados, presentamos tu expediente directamente ante la Unidad de Grandes Empresas (UGE). Por ley, la resolución de esta residencia se emite en un plazo muy rápido (suele ser de 20 días hábiles).
- Concesión y Reagrupación: Una vez aprobada tu residencia (por 3 años si presentas desde España), tramitamos la huella para tu tarjeta física y gestionamos los visados de tu cónyuge e hijos para que viajen contigo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar este visado si ya estoy en España como turista?
Sí, ¡es una de sus grandes ventajas! Si entras legalmente a España (por ejemplo, como turista) podemos solicitar directamente tu Autorización de Residencia por 3 años ante la UGE, sin necesidad de tramitar el visado previo de 1 año en el consulado de tu país.
¿Mi familia puede venir conmigo?
Totalmente. La ley permite la solicitud conjunta o sucesiva de tu cónyuge o pareja de hecho y de tus hijos menores de edad (o mayores dependientes económicamente). Ellos también obtendrán residencia.
¿Podré trabajar para empresas españolas?
Sí, pero con un límite. Si eres freelance (autónomo), puedes tener clientes en España siempre y cuando los ingresos que percibas de ellos no superen el 20% del total de tu facturación profesional.
